“Lo bueno si breve, dos veces bueno” o cómo empezar septiembre motivado.

La mayoría dirá que el refrán no aplica a la duración de las vacaciones de verano o en la generalidad de los casos, al mes de agosto, pero como el refrán sigue diciendo que: “(…) Y aun lo malo, si poco, no tan malo”, para empezar con buen pie, os proponemos una puesta al día exprés y sin rodeos para no sufrir estados de ánimo postvacacional que nos quiten fuerzas y ganas de arrancar a todo gas.

Y como afortunadamente muchos hemos podido disfrutar de la gastronomía española, para no perder de golpe la costumbre, fusionamos la actualidad jurídica con lo que más nos gusta, para ofreceros un repaso a LA CARTA:

DE ENTRANTE: “En memoria del verano”.

  • En mayo se prorrogaron por quinta vez los ERTE y demás medidas sociales urgentes para en defensa del empleo, la reactivación y la protección de trabajadores autónomos hasta el 30/09/2021 (RD-Ley 11/2021, de 27 de mayo).
  • En mayo también se publicó la Guía de la AEPD sobre protección de datos en las relaciones laborales, que sirve como herramienta que ayuda a tanto a las organizaciones públicas como a las privadas para un correcto cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos y garantía de los derechos digitales en el ámbito laboral.
  • En julio se publicó la Ley 10/2021 de 9 de julio, de trabajo a distancia y que no introdujo cambios significativos respecto al RD-Ley 28/2020. En vigor desde el pasado 11/07/2021 y que dará mucho que hablar.
  • A finales de agosto se aprobó el Proyecto de Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones para reforzar la sostenibilidad del sistema público de pensiones, que recoge parte de las recomendaciones aprobadas por el Pacto de Toledo.

DE PRINCIPAL: “La rutina”.

  • ERTE: Hasta final de mes, siguen aplicando medidas sociales tales como la limitación de despedir por motivos relacionados con el COVID-19, los compromisos de mantenimiento del empleo, la prohibición de realización de horas extra y externalizaciones, la interrupción de los contratos temporales, la prohibición de reparto de dividendos y el Plan MECUIDA.
  • Las empresas tendrán que valorar si continuar o no con el trabajo a distancia y cómo han de adaptarse a la normativa especial. Y con ello, la obligación de compensar los gastos del teletrabajo, la formalización del contrato y demás requisitos obligatorios que impone la nueva Ley. De momento aliñamos el plato con un poco de inseguridad jurídica al gusto.
  • Posible subida del SMI y “reforma de la reforma laboral del 2012” que afectará a cuestiones tales como: la prioridad aplicativa del convenio colectivo de empresa, límite de la ultraactividad de convenios colectivos y la modificación sustancial de condiciones de trabajo. Se pretende reformar la contratación temporal y el art. 42 del ET en materia de equiparación de las condiciones de trabajo del personal de la contratista a las de la empresa principal.

De postre: “Dulces advertencias”.

  • A partir del 01/10/2021 se incrementan en un 20% los importes de las sanciones laborales previstas en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social.
  • El próximo 31/12/2021 se levanta la suspensión del deber de solicitar la declaración del concurso de acreedores.
  • Todas las empresas con más de 50 personas trabajadoras en plantilla, a partir del 07/03/2022 deben negociar su plan de igualdad, salvo que ya vengan obligadas por su convenio colectivo o por la Autoridad Laboral.

Esperamos que le haya gustado.

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Diana Georgieva
Abogada
Socia Área Legal