El reciente fallo del Tribunal Supremo ha sentado un precedente importante en materia de derecho laboral. En este caso, se ha confirmado la procedencia del despido de un directivo a pesar de haber sido absuelto en un proceso penal por irregularidades contables. 

La distinción entre ámbitos penal y laboral

El fallo pone de manifiesto la clara distinción entre los ámbitos penal y laboral. Si bien en el ámbito penal no se pudo probar la existencia de un delito, en el ámbito laboral se valoraron otros elementos, como el conocimiento del directivo sobre las irregularidades y el impacto negativo de estas en la empresa.

La relevancia del conocimiento del directivo

A pesar de la absolución penal, el Tribunal Supremo ha considerado que el conocimiento del directivo sobre las irregularidades contables es suficiente para justificar su despido. El hecho de que el directivo estuviera al tanto de prácticas contables irregulares, como la eliminación de provisiones de facturas y la previsión de ingresos ficticios, constituye una falta grave que vulnera la confianza depositada en él por la empresa. 

La ausencia de perjuicio económico no impide el despido

Otro aspecto relevante del fallo es que la ausencia de un perjuicio económico directo para los accionistas, que fue la razón de la absolución penal, no impide que se pueda considerar la existencia de una falta grave en el ámbito laboral. El Tribunal Supremo ha señalado que las irregularidades contables, aunque no constituyan un delito penal, pueden tener consecuencias negativas para la empresa y justificar el despido del trabajador responsable. 

La importancia de la prueba en el ámbito laboral

En el ámbito laboral, la prueba juega un papel fundamental. En este caso, el Tribunal Supremo ha valorado las pruebas aportadas por la empresa, como la carta de despido y los documentos contables, para concluir que el directivo era conocedor de las irregularidades y que estas habían perjudicado a la empresa.