Ya estamos olisqueando el turrón, los mazapanes, el cordero, o el brócoli y la lombarda para los veganos, pero antes de eso, el 22 de diciembre tenemos el Sorteo de la Lotería de Navidad, y ya sabemos que a la Hacienda Pública siempre le toca, y eso que no juega. Pero, ¿qué hacer si nos toca a los fieles y serviles jugadores?

A partir del 2013 los premios de la Lotería de Navidad se someten a un gravamen especial en el IRPF, que se exigirá de forma independiente respecto de cada décimo. Consiste en aplicar al premio tributable el 20%, que irá a parar a las arcas de Hacienda.

Ahora bien, hay una porción del premio que no tributa, que está exento de gravamen. En concreto, 40.000 euros por décimo.

A mucha gente le surge la duda de cómo declarar el premio de lotería. La Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) se encargará de practicar la retención del 20% sobre la porción del premio tributable, de forma automática, por lo que el premiado percibirá su premio, valga la redundancia, neto de impuesto. Tampoco hay que incluir los premios de Lotería en la base imponible del IRPF cuando presentemos la próxima declaración del IRPF. Con la retención practicada en el momento del cobro ya habremos liquidado el gravamen especial.

Por ejemplo, si nos toca el premio máximo el 22 de diciembre, 400.000 euros, y cruzo los dedos en este mismo momento, estarán exentos 40.000 euros. Sobre los 360.000 euros restantes la SELAE practicará una retención del 20%, es decir 72.000 euros, por lo que mi premio real, neto de impuestos, ascenderá a 328.000.

A partir de este momento, tienen que seguir las siguientes recomendaciones, a voluntad del premiado:

1.- Un pellizquito para APSA, asociación que desarrolla una inimaginable labor dirigida a mejorar la calidad de vida de personas con diferentes capacidades durante todo su ciclo vital. Y el donativo desgrava en el IRPF. El no va más.

2.- Ojo si el premio fuese de titularidad compartida, muy habitual en estas fiestas navideñas. No se multiplica la exención por jugador, sino que la misma se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda, por lo que se hace necesaria la identificación de cada ganador, así como su porcentaje de participación. En el mismo ejemplo anterior, si el décimo hubiese sido jugado entre dos personas, no estarían exentos 80.000 euros, sino los mismos 40.000 euros, por lo que cada jugador recibiría 164.000 euros limpios de impuestos.

Advertir que, si a un jugador le toca el premio, percibe el mismo, neto de impuesto, previamente identificado ante Hacienda, y posteriormente comparte el premio, corre el grave riesgo de que consideren ese “compartir” como donación, y qué pasa con las donaciones, que tributan por el impuesto correspondiente. Si juegan 20 jugadores, poniendo un eurito cada uno, les toca a los 20, y no a uno, y luego éste reparte a los 19 restantes.

3.- Por último, ojo a las sociedades que compran lotería y les toca a ellas, tributan al 25%. Queda dicho.

En definitiva, la Lotería de Navidad no pierde ni contra Japón, incluso puedo decir que ganará el Mundial, siempre gana. Es un consejo de la Bola de Oro.

carlos alarcia abogado alicante
Carlos Alarcia
Abogado
Socio de Adire