El vigente Código Penal ya reconoce la posible responsabilidad penal de las personas jurídicas. Esta responsabilidad implica que pueda imputarse a la persona jurídica por los delitos cometidos en su nombre o por su cuenta por sus representantes legales y administradores, pero también por quienes, estando sometidos a su autoridad, hayan podido realizar los hechos por no haberse ejercido sobre ellos el debido control.

No obstante, la persona jurídica quedará exenta de responsabilidad cuando haya adoptado y ejecutado, antes de la comisión del delito, medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir los delitos reducir de forma significativa el riesgo de su comisión

Es en este nuevo marco jurídica donde se enmarca la idea de los programas COMPLIANCE o sistema de cumplimiento normativo, programas que buscan la fijación de los controles necesarios para prevenir la comisión de delitos en el seno de la empresa.

En el actual sistema se hace necesario, por tanto, que las empresas adopten estas medidas mediante la implantación de programas de cumplimiento, dotando a la empresa y a todos sus elementos de los medios y controles necesarios que garanticen, en todo momento, el cumplimiento de la legalidad vigente y prevengan la posible comisión de delitos.

¿Qué implica la implantación de un programa de cumplimiento normativo?

La implantación supone una muestra del compromiso de la empresa con el cumplimiento de la normativa vigente. La adopción de estos sistemas alcanza a todas las áreas o departamentos de la empresa.

Los programas COMPLIANCE tienen como principal objetivo el fijar los controles internos necesarios para prevenir la comisión de delitos o mitigar el posible riesgo de comisión. Pero estos controles, por si solos, no determinan la eficacia del programa. Se debe dotar a la empresa de los medios de prevención oportunos, analizando los riesgos existentes en cuento a la posible comisión de delitos. Igualmente se hace necesario implantar los sistemas de control necesarios para garantizar el correcto funcionamiento del sistema implantado y poder dar respuesta a las incidencias que se produzcan.

El sistema, además, debe estar en continua revisión, permitiendo su adaptación a las novedades que se produzcan en el seno de la empresa.

Nuestro servicios

Desde ADIRE les ofrecemos un servicio integro en cuanto a la implantación de los programas de complimiento o programas COMPLIANCE, asesorando a la empresa en todo el proceso de implantación.

El proceso de implantación parte, necesariamente, del conocimiento exacto del funcionamiento de la empresa y de la normativa que le resulta aplicable. Sobre esa base se elabora un mapa de riesgos que nos permite conocer aquellas situaciones que pueden entrañar un especial peligro en cuanto a la posible comisión de un delito o en cuanto a sus consecuencias.

La implantación supone, igualmente, la adopción de controles internos que monitoricen el funcionamiento de la empresa.

Nuestros servicios abarcan la totalidad del proceso de implantación, así como la gestión y supervisión de modelos ya implantados, asesorando a la empresa, directivos y trabajadores, sobre el correcto funcionamiento del sistema de la empresa.

Ventajas de la implantación de un programa de cumplimiento normativo.

La implantación de un programa de cumplimiento o programa Compliance no incide solo en el ámbito estrictamente penal. Su alcance es mucho mayor.

La adopción de este tipo de programas añade valor a la empresa. Genera confianza en los propios trabajadores, en cuanto perciben una clara voluntad por parte de su empresa de “hacer bien las cosas”.

Contribuye, igualmente, a la mejora del funcionamiento de la empresa. Los propios controles que se implantan sirven de medio de gestión y evaluación del funcionamiento de la empresa.

Conoce nuestro Programa Compliance en:
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