Carlos Alarcia Abogado Alicante AdireCarlos Alarcia
Abogado. Socio de Adire

DGT   V1496-19

Una persona física desarrolla una actividad económica en una parte de su vivienda habitual. Deducibilidad de los gastos asociados a la vivienda para la determinación del rendimiento neto de su actividad económica en el IRPF.

La DGT concluye que la normativa del IRPF permite la afectación parcial de elementos patrimoniales divisibles al desarrollo de una actividad económica, siempre que la parte afectada sea susceptible de un aprovechamiento separado e independiente del resto, por lo que en el caso consultado se podrá afectar la parte de la vivienda que se utilice para el desarrollo de la actividad económica y, en consecuencia se podrá deducirse la totalidad de los gastos derivados de la titularidad de la vivienda, como pueden ser amortizaciones, IBI, intereses, tasa de basuras, comunidad de propietarios, seguro de responsabilidad civil de la vivienda, etc., proporcionalmente a la parte de la vivienda afectada a la actividad económica desarrollada.

Ahora bien, respecto de los gastos de suministros (agua, gas electricidad, telefonía e internet), la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, con efectos desde 1 de enero de 2018, establece que serán deducibles en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

DGT   V1531-19

Familiar cede gratuitamente el uso de una vivienda a una persona física para destinarla a alquiler vacaciones. Tributación en el IRPF de la cesión gratuita del uso de la vivienda.

Partiendo de la base de que el inmueble objeto de cesión gratuita no se encuentra afecto a ninguna actividad económica que pudiera desarrollar el titular del mismo, al no tratarse de un arrendamiento sino de una cesión, si se prueba que la misma se realiza de forma gratuita, circunstancia que deberá acreditar el cedente, éste no obtendrá rendimientos del capital inmobiliario, pero sí debería efectuar la imputación de rentas inmobiliarias.