Con el objeto de reforzar la eficacia, capacidades y organización de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), para hacer frente a los retos existentes en el mercado laboral para los próximos años, se ha aprobado y publicado el Plan Estratégico de la ITSS para los años 2021 al 2023. 

En palabras de Miguel de Unamuno, “El verdadero progreso consiste en renovarse”, el texto publicado el pasado 3 de diciembre de 2021, tiene en cuenta el contexto sociolaboral post pandemia y los nuevos retos de la digitalización del mundo laboral para desarrollar sus objetivos para los próximos dos años.  

El Plan Estratégico de la ITSS fija un total de 40 objetivos agrupados en 4 ejes básicos y que se subdividen en importantes medidas de actuación que persiguen lograr un nuevo modelo de inspección de trabajo y seguridad social, adaptado al contexto sociolaboral después del coronavirus.  

¿Cuáles son los cuatro ejes básicos y qué actuaciones inspectoras abarcan? 

1) El primer eje, busca contribuir a la mejora de la calidad del empleo, garantizando los derechos de las personas trabajadoras y luchar contra la precariedad y el fraude en materia laboral y de SS.

En materia de calidad del empleo, la ITSS anuncia campañas de actuación en materia salarial, tiempo de trabajo y trabajo a tiempo parcial, fraude en materia de contratación, para corregir los aspectos más nocivos en relación con la temporalidad. También actuaciones inspectoras para vigilar el cumplimiento de los convenios colectivos, el respeto de los derechos sindicales y de participación en la empresa incluso en las empresas donde no hay representación legal de los trabajadores. Llevará a cabo actuaciones inspectoras para luchar contra infracciones en materia de falsos autónomos y falsos becarios.  

Reforzará también las campañas dirigidas a continuar en la línea de garantizar los derechos laborales y un debido encuadramiento en la SS de las personas trabajadoras que presten servicios para empresas que operan en plataformas digitales (comercio electrónico, reparto de comida a domicilio, etc). Así como vigilará el cumplimiento de la normativa reguladora del trabajo a distancia o teletrabajo. 

Entre las actuaciones en este eje, se prevé la aprobación de un Criterio Técnico sobre Riesgos Psicosociales (ante el aumento del estrés laboral a nivel UE) y la aprobación de un procedimiento armonizado para la intervención de la ITSS en la investigación de enfermedades profesionales que permita su correcta identificación y el aprovechamiento epidemiológico de la información recogida con fines de planificación preventiva, que además tendrá en cuenta la perspectiva de género. 

Destacando el eje 1.2 tendente a garantizar la igualdad de oportunidades y no discriminación con la creación de la Oficina Estatal de Lucha contra la Discriminación y el eje 1.3. que persigue un mayor control de las ayudas públicas en materia de empleo y luchar contra el fraude en materia de prestaciones. 

En cuanto a las actuaciones en materia de igualdad de género, la ITSS intensificará la utilización de la Herramienta de Lucha contra el Fraude en la planificación de actuaciones en materia de discriminación retributiva, conciliación de la vida familiar, personal y laboral y discriminación en el acceso al empleo y en la promoción profesional. Se intensificará también la campaña sobre control de planes y medidas de igualdad, así como la de discriminación retributiva, prestando especial atención al registro retributivo.  

Se controlará también la planificación llevada a cabo para prevenir y erradicar situaciones de acoso sexual y por razón de sexo, así como para luchar contra la discriminación múltiple e interseccional (mujeres con discapacidad).

En materia de cotizaciones, se encargarán de realizar campañas masivas en materia de derivación de responsabilidad imputando como responsables subsidiarios a propietarios de las obras y servicios contratados por empresas deudoras y ampliando las investigaciones sobre nuevos negocios del mismo empresario.  

Por último, pero no menos importante, teniendo en cuenta el contexto de medidas aprobadas a lo largo de los años 2020 y 2021 tendentes a paliar los efectos de la pandemia en el ámbito social, incrementará también las inspecciones para controlar los fraudes no solamente en los ERTEs COVID 19 y las exoneraciones indebidas de cuotas a la SS, sino también en los ERTE por causas objetivas.  

2) El Segundo eje pretende reforzar el papel y la capacidad de actuación de la ITSS en todo su ámbito competencial.  

Destacando el Objetivo 14 que persigue reforzar el papel del informe de la ITSS en los EREs y ERTEs. Además, se propone revisar toda la normativa de la ITSS con especial mención a su objetivo de establecer un procedimiento sancionador abreviado para aquellos supuestos en los que las acciones comprobatorias se realicen mediante actuaciones administrativas automatizadas en el marco de campañas extensivas. 

3) El Tercer Eje, busca fortalecer y modernizar su sistema de Inspección para una mayor calidad del servicio público prestado a los ciudadanos. 

Destacando el Eje 3.2 enfocado a la mejora de la calidad del servicio público de la ITSS, mediante nuevos procedimientos, utilizando herramientas más avanzadas de inteligencia artificial y adecuando las infraestructuras, medios materiales, sistemas, redes, aplicaciones y equipamientos informáticos, así como fortalecer la Herramienta de Lucha contra el Fraude 

Entre las actuaciones en este eje, destacamos el estudio de reformas legales para poder recurrir a campañas extensivas que incluyan la emisión automatizada de actas, utilizando la Herramienta de Lucha contra el fraude. Dichas campañas extensivas pueden ejecutarse en cualquier materia, no solamente en SS.  

4) Por último, el Cuarto Eje, persigue mejorar su actividad internacional en un contexto laboral cada vez más globalizado en el que la cooperación internacional es cada vez más necesaria. En espacial, entre su actuación destaca su cooperación con países tales como Portugal, Francia, Rumanía y Marruecos, mejorando la cooperación en materia de desplazamiento de trabajadores.

Aprovechando este artículo, recordamos que la Disposición Final 1° de la Ley 10/2021 de 9 de julio, de trabajo a distancia modificó el art. 40 de la LISOS con una subida del 20% en todas las multas por infracciones impuestas por la ITSS y está en vigor desde el pasado 1 de octubre de 2021.  

En consecuencia, no podemos ser ajenos a los objetivos perseguidos por la ITSS para los próximos años, pues además de intensificar su labor inspectora, sus sanciones serán más elevadas para las empresas que hayan infringido o pretendan infringir la normativa laboral y de seguridad social.

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Diana Georgieva
Abogada
Área Legal