El pasado lunes 27 de septiembre, Gobierno y agentes sociales alcanzaron el VI Acuerdo Social en Defensa del Empleo plasmado en el Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo por medio del cual, fundamentalmente se pactan las siguientes medidas:

1.- El modelo actual de los ERTE seguirá vigente hasta finales del mes de octubre para facilitar la transición hacia los «nuevos ERTE”.

2.- Para acogerse a un nuevo ERTE a partir del 1 de noviembre de 2021 y hasta el 28 de febrero de 2022, las empresas, deberán solicitar entre el 1 y el 15 de octubre de 2021 autorización a la autoridad laboral competente.

3.- Los “nuevos ERTE” irán acompañados de acciones formativas encaminadas a incrementar la capacitación de las personas trabajadoras y mejorar su empleabilidad, a cambio las empresas que ofrezcan esas acciones, contarán con mayores exenciones en la cotización a la Seguridad Social.

Dichas acciones formativas deberán realizarse antes del 30 de junio de 2022 y durante la jornada suspendida, el número mínimo de horas de formación para cada persona será de 30 en las empresas de 10 a 49 trabajadores y de 40 horas en las de 50 o más.

Las empresas que formen a personas afectadas por los nuevos ERTE podrán incrementar el crédito para la financiación de actividades formativas, dependiendo de su tamaño:

  • De 1 a 9 personas trabajadoras: 425 euros por persona
  • De 10 a 49 personas trabajadoras trabajadores: 400 euros por persona
  • De 50 o más personas: 320 euros por persona

En cuanto a las exoneraciones a las cuotas a la SS, se distinguirá entre empresas de menos de 10 trabajadores y aquellas con plantilla igual o superior a 10.

4.- Se prorroga el “contador cero” hasta el 31 de diciembre de 2022, se reconoce una prestación extraordinaria por desempleo para los trabajos fijos discontinuos y se prorroga el plan MECUIDA.

5.- Para las empresas que se acojan a los nuevos ERTES se extienden las garantías para el mantenimiento del empleo de otros 6 meses más, la limitación a la subcontratación, la realización de horas extra o los límites a la hora de repartir dividendos.

6.- Por último, el Acuerdo incluye ERTE específicos para paliar los efectos económicos sufridos por la erupción volcánica en la Isla de la Palma.

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Diana Georgieva
Abogada
Socia Área Legal