Tras su publicación en el BOE, la Ley de impulso a los planes de pensiones de empleo entró en vigor el pasado 2 de julio, aunque hay algunos puntos que no se iniciarán hasta el 1 de enero de 2023.

Esta Ley pretende facilitar a los trabajadores de rentas más bajas junto con los autónomos, PYMES y funcionarios de administraciones públicas pequeñas el acceso a estas formas de ahorro.

Si comparamos los datos con el resto de Europa, donde el nivel de asalariados que reciben prestaciones por pensiones se sitúa entre el 25% y el 90%, dependiendo de si sus planes provienen de la negociación colectiva voluntaria o de normas obligatorias o cuasi-obligatorias, España se queda muy alejada ya que el nivel de ahorro a través de planes de pensiones de empleo es inferior al 1% de la masa salarial de la población activa ocupada y solo algo superior al 10% de los trabajadores.

Según el Gobierno, el menor tamaño medio de los activos de los fondos de pensiones españoles es un factor que afecta a la rentabilidad de su gestión y, en última instancia, a la rentabilidad.

Por ello, uno de los objetivos de esta Ley es apoyar la creación de fondos de pensiones de empleo públicos, que garanticen unos costes de gestión reducidos y permitan diversificar la asignación de inversiones y por tanto aumenten la rentabilidad.

La norma incluye nuevos incentivos fiscales, y considera crear fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos y planes más simples que se pueden adherir a estos fondos, con un sistema de promoción más sencillo que el sistema actual, diseñado para facilitar la negociación colectiva, el sector público y desarrollando programas específicos para autónomos.

José Luis Escrivá ha asegurado que la ley será muy positiva para la competencia, ya que los fondos de promoción pública podrán ser gestionados por gestoras privadas, mediante procedimiento de concurso, con comisiones bajas

Los nuevos fondos quieren aumentar el número de personas cubiertas por planes colectivos y ofertar productos de ahorro a bajo coste a personas de renta media, incluidos los autónomos y trabajadores de PYMES. Tendrán su propia comisión de seguimiento y su patrimonio se invertirá exclusivamente en beneficio de los partícipes y beneficiarios, teniendo en cuenta la rentabilidad, los riesgos y el impacto social de las inversiones.

Como promotor general de estos fondos actuará el Comité de Seguimiento y Promoción, el cual está compuesto por miembros de la Administración General del Estado, que tiene entre sus funciones el fijar las pautas para la inversión común en fondos de pensiones de promoción pública abiertos y hacer un seguimiento periódico acerca de sus actividades y su evolución.

Podrán sumarse a estos fondos, si así está establecido en sus condiciones, los planes de pensiones del sistema de empleo de aportación definida para la jubilación, así como los planes de pensiones de empleo simplificados.

Éste tipo de fondos se regulará por una entidad gestora con el concurso de una institución de depósito que estará bajo la supervisión de un único Comité de Control Especial para todos los fondos públicos de pensiones.

La Comisión Promotora y de Seguimiento será la encargada de elegir a las personas que formarán parte del comité de control especial que deberán contar con una amplia experiencia, conocimiento y capacidad de supervisión y gestión.

Otra de las novedades de esta Ley es que las empresas podrán deducirse de su cuota íntegra del Impuesto de Sociedades hasta un máximo del 10% de las aportaciones que efectúen a favor de sus trabajadores con retribuciones inferiores a 27.000€ brutos anuales, para aportaciones efectuadas a trabajadores con retribuciones superiores a esa cifra, la deducción se tendrá que calcular sobre la parte proporcional de las aportaciones efectuadas que correspondan a retribución bruta de ese límite.

Esta norma aumenta las desgravaciones por aportaciones de los autónomos a sus planes de pensiones a 4.250 euros frente a los 1.500 euros actuales, y facilita la integración en el sistema de las mutuas de previsión social.

LA AIREF SERÁ LA ENCARGADA DE EVALUAR LOS INCENTIVOS A LOS PLANES EN TRES AÑOS

De acuerdo a lo aconsejado por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) y el Pacto de Toledo, esta ley añade un cambio a la fiscalidad de estos productos, centrando los beneficios fiscales en los planes de empleo.

En los presupuestos generales de este año se eleva a 8.500€ la deducción de los planes de empleo en el IRPF, siendo de 1.500€ la deducción en los planes individuales, siendo el total de la suma de todas las aportaciones de 10.000€.

El esquema de exenciones inicial fue modificado en el Congreso de los Diputados, pasando a ser de 115€ al mes por trabajador el límite de las contribuciones empresariales al plan de pensiones que no cotizará a la Seguridad Social

A su vez, el trabajador que lo desee podrá contribuir al plan con cuotas superiores a las efectuadas por su empresa teniendo en cuenta el límite de aportación máxima que estará fijado en función a una serie de tramos.

Todas estas aportaciones a los planes de pensiones se convierten en reducciones para que formen parte de las transferencias a la Seguridad Social en los Presupuestos Generales del Estado.

La AIReF será la encargada de revisar la eficacia de estos incentivos para los trabajadores asalariados, autónomo y empresas una vez pasados 3 años desde la entrada en vigor de la Ley.